Estimados usuarios de Municipio al día
Durante este mes continuamos brindándoles nuestro servicio "La consulta del mes" El objetivo de este servicio es compartir con todos nuestros usuarios la consulta realizada por autoridades o funcionarios municipales que, en el mes, se considere mas pertinente para la gestión de las inversiones. De esta manera, reconocer a nuestros usuarios que utilizan el servicio de consultas en línea y están comprometidos con la gestión de su gobierno local
Esta consulta puede ser leída y comentada en la sección de Apoyo a la inversión municipal Apoyo a la inversion municipal . Además, le invitamos a realizar sus consultas en línea ingresando a la sección respectiva del portal o haciendo clic aquí
CONSULTA DEL MES- OCTUBRE 2009
El funcionario del mes
Continuando con este espacio de reconocimiento a nuestros usuarios, la consulta seleccionada del mes de Octubre de 2009 fue formulada por el señor Jesus Huerta Saenz quien se desempeña como Subgerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Samanco, provincia de Santa, Región Ancash. Su consulta fue seleccionada debido a la pertinencia del tema relacionado con la gestión de los proyectos de inversión pública.
¿Cuando la entidad no ha pagado al contratista en los plazos establecidos, se estaría generando una causal para una ampliación de plazo, reconocimiento de mayores gastos generales e intereses legales a favor del contratista?La demora del pago al contratista no necesariamente es causal de ampliación de plazo, excepto que no se paguen dos valorizaciones consecutivas, de darse esto último puede ser causal de ampliación de plazo y reconocimiento de gastos generales.
Usualmente a partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales.
Para el pago de los intereses se formulará una valorización de intereses y se efectuará en las valorizaciones posteriores.
Base Legal
Artículos 197 y 200 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil.
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