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SE PUBLICO LEY Nº 29596 - LEY QUE VIABILIZA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DEREESTRUCTURACION DE LA DEUDA AGRARIA - PREDA
El Congresista Ing. Franco Carpio Guerrero, mostro su sastifacción que hoy martes 12 de octubre se publique la Ley Nº 29596 - LEY PREDA, esta ley que ha sido esperada por miles de agricultores pobres que esperaban que el gobierno les de un apoyo moral y economico a fin de que sus tierras no sean rematadas a favor de terceros, la Tierra es el único sustento de estos agricultores que de generacion en generacion se transfieren a fin de lograr su subsistencia y participación en la vida economica del país, el beneficio a estos agricultores es también para el Perú, pues son ellos quienes garantizan la alimentación del Pueblo Peruano, esta ley era justa y necesaria ya que permitirá solucionar los problemas de aproximadamente 5 mil agricultores, afectados por deudas a consecuencia de eventos como el Fenómeno El Niño.
La norma alcanzará a toda deuda vencida y en cobranza judicial al 31 de diciembre de 2009, de acuerdo con las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que a la fecha de su acogimiento al Programa de Reestructuración de la deuda Agraria se encuentra en alguna de dichas condiciones.
EL PREDA alcanzará, únicamente, a las deudas contraídas cuyo monto no exceda los 45 mil nuevos soles.
la Ley PREDA fue aprobada por el Congreso de la República en octubre del 2008; estaba destinada a brindar una oportunidad a los agricultores, a fin que pudieran honrar sus deudas y extinguir los intereses generados por créditos agropecuarios contraídos ante entidades del sistema financiero nacional y vencidos al 31 de diciembre del 2007.
Mediante la Ley PREDA, se dispone que el Banco Agropecuario (Agrobanco) venda en el mercado secundario de valores los Bonos de Reactivación del Programa de Rescate Financiero Agropecuario-RFA y que los recursos que se obtengan de esa transacción sean utilizados por dicha entidad bancaria en la compra de la cartera morosa de los agricultores en la Banca Privada, Cajas Municipales, Cajas Rurales y Entidades de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa (EDPYME).
De acuerdo a información de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), al 31 de diciembre de 2007, son 3,543 los agricultores que tienen deudas vencidas, que alcanzan los 24,9 millones de nuevos soles y 1,404 los agricultores que se encuentran en situación de cobranza judicial, con 33 millones de nuevos soles de deuda. En total, existe un universo de 4,947 deudores, con una deuda total de 58 millones de nuevos soles.
La Ley otorga un plazo de 60 días contados a partir de la entrada en vigencia de dicha norma para que los deudores que tienen cuentas con el Estado -y que corresponden a la porción de deuda refinanciada a través de bonos del Programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA)- presenten sus solicitudes de acogimiento al PREDA.
SE PUBLICO LEY Nº 29596 - LEY QUE VIABILIZA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DEREESTRUCTURACION DE LA DEUDA AGRARIA - PREDA
El Congresista Ing. Franco Carpio Guerrero, mostro su sastifacción que hoy martes 12 de octubre se publique la Ley Nº 29596 - LEY PREDA, esta ley que ha sido esperada por miles de agricultores pobres que esperaban que el gobierno les de un apoyo moral y economico a fin de que sus tierras no sean rematadas a favor de terceros, la Tierra es el único sustento de estos agricultores que de generacion en generacion se transfieren a fin de lograr su subsistencia y participación en la vida economica del país, el beneficio a estos agricultores es también para el Perú, pues son ellos quienes garantizan la alimentación del Pueblo Peruano, esta ley era justa y necesaria ya que permitirá solucionar los problemas de aproximadamente 5 mil agricultores, afectados por deudas a consecuencia de eventos como el Fenómeno El Niño.
La norma alcanzará a toda deuda vencida y en cobranza judicial al 31 de diciembre de 2009, de acuerdo con las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que a la fecha de su acogimiento al Programa de Reestructuración de la deuda Agraria se encuentra en alguna de dichas condiciones.
EL PREDA alcanzará, únicamente, a las deudas contraídas cuyo monto no exceda los 45 mil nuevos soles.
la Ley PREDA fue aprobada por el Congreso de la República en octubre del 2008; estaba destinada a brindar una oportunidad a los agricultores, a fin que pudieran honrar sus deudas y extinguir los intereses generados por créditos agropecuarios contraídos ante entidades del sistema financiero nacional y vencidos al 31 de diciembre del 2007.
Mediante la Ley PREDA, se dispone que el Banco Agropecuario (Agrobanco) venda en el mercado secundario de valores los Bonos de Reactivación del Programa de Rescate Financiero Agropecuario-RFA y que los recursos que se obtengan de esa transacción sean utilizados por dicha entidad bancaria en la compra de la cartera morosa de los agricultores en la Banca Privada, Cajas Municipales, Cajas Rurales y Entidades de Desarrollo de la Pequeña y Microempresa (EDPYME).
De acuerdo a información de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), al 31 de diciembre de 2007, son 3,543 los agricultores que tienen deudas vencidas, que alcanzan los 24,9 millones de nuevos soles y 1,404 los agricultores que se encuentran en situación de cobranza judicial, con 33 millones de nuevos soles de deuda. En total, existe un universo de 4,947 deudores, con una deuda total de 58 millones de nuevos soles.
La Ley otorga un plazo de 60 días contados a partir de la entrada en vigencia de dicha norma para que los deudores que tienen cuentas con el Estado -y que corresponden a la porción de deuda refinanciada a través de bonos del Programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA)- presenten sus solicitudes de acogimiento al PREDA.