sábado, agosto 28, 2010








Exhiben procesamiento del banano



CEPIBO celebra aniversario con Seco de Chavelo ‘Orgánico’

Con la presentación de más de 50 metros de largo del tradicional plato piurano Seco de Chavelo, que se sirvió en una mesa amplia en el centro de la Plaza de Armas de Querecotillo, y una muestra de las labores de procesamiento “in situ”, la Central Piurana de Asociaciones de Pequeños Productores de Banano Orgánico celebró ayer el día central de su sétimo aniversario.





El plato típico de la región fue elaborado en base a banano orgánico, proporcionado por dos de las asociaciones socias de la Central, ubicadas en los sectores La Horca y La Peña, cercanas a la zona de Querecotillo.



La preparación temprana del plato, a cargo de los Clubes de Madres que fueron convocados por la CEPIBO y la Municipalidad Distrital de Querecotillo, permitió que el público asistente degustara el Seco de Chavelo, no a la 1 p.m. como estaba previsto, sino antes del mediodía. Previo a la repartición se midió la longitud que llegó a los 51 metros.



Como una forma de que la población de Sullana conozca el trabajo de la institución en el procesamiento del banano, se hizo una demostración de las labores de empaque, adecuando una zona de la plaza como un centro de labores.



De esta manera se trasladó una tina, rodillos y meses hasta el centro de Querecotillo, donde la gente pudo conocer de forma más cercana e ‘in situ’, lo que demanda el trabajo de CEPIBO, después de la recolección de la fruta en campo y previo a la exportación.




* Reconocimiento



El presidente de la institución, Donald Lecarnaqué Castro, reconoció el esfuerzo de los productores que son quienes le dan vida a la Central, pues a pesar de las dificultades a las que el agro se enfrenta se mantienen unidos en el deseo de continuar exportando.



El momento fue propicio para hacer un reconocimiento a las doce asociaciones de CEPIBO, que son el pilar del modelo de Asociatividad que les ha valido el reconocimiento internacional.



Además de las bases de la Central, también participaron en la cuarta edición del tradicional Festival del Banano, otras asociaciones y empresas relacionadas al sector agrícola.


SE CUMPLIRA ESTA RESOLUCION?
Resolución N° 199-2010-JNE(1 ) Lima, veintiséis de marzo de dos mil diez

VISTO, el Informe N° 072-2010-DGNAJ/JNE de la Dirección Ge neral de Normatividad y Asuntos Jurídicos.
CONSIDERANDO
Que, mediante Resolución N° 182-2010-JNE se estable cieron disposiciones aplicables a la renuncia de presidentes regionales, alcaldes y altos funcionarios que deseen participar en las Elecciones Regionales y Municipales a realizarse el próximo domingo 3 de octubre de 2010;
Que, en tal virtud, resulta necesario definir las pautas que regularán las licencias que las autoridades regionales y municipales, así como los altos funcionarios, deben solicitar con el propósito de participar en los referidos procesos electorales;
Que, el numeral 4 del artículo 14 de la Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470, dispone que no pueden postular a la presi dencia, vicepresidencia o miembro del Consejo Regional, si no solicitan licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de elecciones:

Los presidentes y vicepresidentes regionales que deseen postular a cualquier cargo de elección regional; los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional; los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional; los gerentes regionales, directores regionales sectoriales y los gerentes generales municipales; los gobernadores y tenientes gobernadores;

Que, al respecto, debe tenerse en cuenta que en el caso de los presidentes y vicepresidentes regionales, la licencia establecida por la Ley de Elecciones Regionales prevalece sobre las licencias reguladas en la Ley N° 27867, Ley Orgánic a de Gobiernos Regionales, por tratarse la primera de una norma de carácter especial en materia electoral;

Que, conviene definir el mecanismo aplicable en el supuesto que el presidente y el vicepresidente regional soliciten licencia en forma simultánea;
Que, asimismo, el literal b) del numeral 5 del artículo 14 precitado, señala que no pueden postular a la presidencia, vicepresidencia o miembro del Consejo Regional, los funcionarios públicos que administran o manejan fondos del Estado y los funcionarios de empresas del Estado si no solicitan licencia sin goce de haber treinta (30) días naturales antes de la elección, la misma que debe serles concedida a la sola presentación de su solicitud;
Que, además, resulta necesario establecer que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a presidente y vicepresidente regional en las Elecciones Regionales, se entenderán automáticamente prorrogadas hasta el momento en que se proclamen los resultados correspondientes;
Que, en el supuesto antes señalado, si se produjera la segunda elección prevista en el artículo 5 de la Ley de Elecciones Regionales, las licencias antes señaladas continuarán prorrogadas únicamente para los candidatos que participen en tal elección, por lo que el resto de ellos reasumirán de inmediato sus funciones;
Que, adicionalmente, la norma legal citada no ha regulado expresamente el caso de los consejeros regionales actualmente en funciones que pretendan postular en las próximas Resolución N° 199-2010-JNE(

2)

Elecciones Regionales, por lo que no les resulta aplicable la exigencia de solicitar licencia alguna;
Que, por otro lado, el literal e) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, señala que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección; siendo que los alcaldes y regidores que postulen a la reelección no requieren solicitar licencia alguna;
Que, conforme al artículo 4 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, es funcionario público todo ciudadano que es elegido o designado por autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del más alto nivel en los poderes públicos y los organismos con autonomía;
Que, en tal virtud, tanto los presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales, así como los alcaldes y regidores, son funcionarios públicos, en la medida que son elegidos por el voto popular para formar parte de las máximas instancias de los Gobiernos Regionales y Locales, respectivamente, por lo que corresponde establecer los alcances de lo dispuesto en el literal e) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley de Elecciones Municipales para cada caso específico;
Que, por ende, los presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2010, deberán solicitar la licencia sin goce de haber antes señalada, a excepción de los presidentes regionales que deben renunciar para postular a una alcaldía;
Que, en el caso de los alcaldes que deseen postular como candidatos en las Elecciones Municipales también deberán solicitar la referida licencia sin goce de haber, a excepción de los que postulen a la reelección en el cargo;
Que, respecto a los regidores que pretendan postular como candidatos en las Elecciones Municipales 2010, deberán solicitar una licencia por el plazo de treinta (30) días naturales antes señalado, en la medida que únicamente perciben dietas por cada sesión asistida, las cuales no constituyen un goce de haber o remuneración; a excepción de los que postulen a la reelecciónen el cargo;
Que, finalmente, estando a lo dispuesto en la Resolución N° 182-2010-JNE respecto a los vicepresidentes regionales y regidores que asumirán por excepción las funciones de presidentes regionales y alcaldes, respectivamente, frente a la renuncia de los titulares; corresponde precisar que los mismos podrán solicitar las licencias señaladas anteriormente;
Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo primero.- DISPONER que las autoridades y funcionarios señalados en el numeral 4 del artículo 14 de la Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470, que soliciten licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2010, procederán de acuerdo a las siguientes disposiciones:
Resolución N° 199-2010-JNE(3)1. Las solicitudes de licencia deben ser presentadas por escrito ante el Consejo Regional, Concejo Municipal o la entidad pública correspondiente hasta el sábado 5 de junio de 2010.
2. En el caso de los presidentes regionales y alcaldes que soliciten licencia, el vicepresidente regional o el primer regidor en funciones, respectivamente, asume inmediatamente por encargatura las funciones del titular mientras esté vigente la licencia solicitada.
3. En el caso que el presidente y el vicepresidente regional soliciten licencia, el Consejo Regional deberá elegir a los que ocuparán temporalmente sus cargos entre los consejeros hábiles, mediante votación de la mitad más uno del número legal de sus miembros. El Presidente del Consejo Regional debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de las credenciales que formalicen la referida elección, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la presentación de la última solicitud de licencia.
4. El original o copia legalizada del cargo de la solicitud de licencia debe ser presentado ante el Jurado Electoral Especial correspondiente al momento que la organización política solicite la inscripción de la candidatura respectiva, hasta el lunes 5 de julio de 2010.
Artículo segundo.- DISPONER que los funcionarios públicos que administran o manejan fondos del Estado y los funcionarios de empresas del Estado, que soliciten licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2010, procederán de acuerdo a las siguientes disposiciones:
1. Las solicitudes de licencia deben ser presentadas por escrito ante la entidad pública correspondiente y deben ser eficaces a partir del viernes 3 de setiembre de 2010 como máximo.
2. El original o copia legalizada del cargo de la solicitud de licencia debe ser presentado ante el Jurado Electoral Especial correspondiente al momento que la organización política solicite la inscripción de la candidatura respectiva, hasta el lunes 5 de julio de 2010.
Artículo tercero.- PRECISAR que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a presidente y vicepresidente regional en las Elecciones Regionales, se considerarán automáticamente prorrogadas hasta el momento en que se proclamen los resultadoscorrespondientes.
En caso de producirse la segunda elección prevista en el artículo 5 de la Ley de Elecciones Regionales, las licencias antes señaladas continuarán prorrogadas únicamente para los candidatos que participen en tal elección, por lo que el resto de ellos reasumirán inmediatamente sus funciones.
Artículo cuarto.- PRECISAR que los consejeros regionales en funciones que deseen postular en las Elecciones Regionales 2010 no están obligados a solicitar licencia para ello.
Artículo quinto.- DISPONER que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, que soliciten licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Municipales 2010, procederán de acuerdo a las siguientes disposiciones:Resolución N° 199-2010-JNE(4)1. Las solicitudes de licencia deben ser presentadas por escrito ante la entidad pública correspondiente y deben ser eficaces a partir del viernes 3 de setiembre de 2010 como máximo.
2. El original o copia legalizada del cargo de la solicitud de licencia debe ser presentado ante el Jurado Electoral Especial correspondiente al momento que la organización política solicite la inscripción de la candidatura respectiva, hasta el lunes 5 de julio de 2010.
3. Los presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2010, deberán solicitar licencia sin goce de haber conforme al numeral 1, a excepción de los presidentes regionales que deben renunciar para postular a una alcaldía.
4. Los alcaldes que deseen postular como candidatos en las Elecciones Municipales 2010 deberán solicitar licencia sin goce de haber conforme al numeral 1, a excepción de los que postulen a la reelección en el cargo. Los alcaldes que deseen postular a una presidencia regional, deberán renunciar al cargo.
5. Los regidores que pretendan postular como candidatos en las Elecciones Municipales 2010, deberán solicitar una licencia por el plazo señalado en el numeral 1, a excepción de los que postulen a la reelección en el cargo.
Artículo sexto.- PRECISAR que los vicepresidentes regionales y regidores que asuman las funciones de presidentes regionales y alcaldes, respectivamente, debido a la renuncia de los titulares; podrán solicitar la licencia que corresponda, conforme a lo señalado en la presente resolución.
Artículo séptimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
SS.SIVINA HURTADO
PEREIRA RIVAROLA
MONTOYA ALBERTI
VELARDE URDANIVIA
Bravo Basaldúa

Secretario General



En la Plaza de Armas de Usquil, provincia de Otuzco en La Libertad
PRESIDENTE DE JUNTOS DIO INICIO A PILOTO AMPLIADO DE PROMOCION DEL AHORRO


Lanzamiento coincidió con Operativo de Pago Bimestral



Ante un auditorio conformado por más de 600 beneficiarias del Programa Juntos pertenecientes a diversas comunidades del distrito de Usquil en La Libertad, el presidente de Juntos, Iván Hidalgo Romero, lanzó oficialmente la ampliación del Piloto de Promoción del Ahorro.

La ceremonia se realizó en la Plaza de Armas del mencionado distrito con la participación de representantes de las entidades aliadas del Piloto como: Banco de la Nación, Agrorural, la Secretaría Técnica de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales de la PCM, así como del Proyecto Sierra Norte y las autoridades locales.

“Lo más importante que rescatamos hoy es la posibilidad de que, mediante el ahorro, las madres puedan realizar emprendimientos que son una vía para salir de la pobreza. En tanto y cuanto tengan recursos para poder hacer emprendimientos eso se va a dar”, enfatizó Hidalgo Romero.

Manifestó que en el distrito de Quiruvilca, además de fomentar el ahorro, una empresa financiera ofrece microcréditos destinados a mejorar la productividad del campo con pastos mejorados, reservorios, biohuertos, riego por aspersión, etc., con lo cual muchas madres en extrema pobreza ya están percibiendo otros ingresos con sus actividades económicas.

El Piloto de Promoción del Ahorro en Familias del Programa Juntos, que desde octubre de 2009 se ejecuta en los distritos de Coporaque (Cusco) y San Jerónimo (Apurimac), desde hoy se desarrollará también en los distritos de: Pichirgua (Apurimac), Huanta, Sivia y Luricocha (Ayacucho), Cajabamba y Condebamba (Cajamarca), Ccorca, Quehue, Rondocán, Acomayo, en el Cusco.

Asimismo, en los distritos de Curgos, Huamachuco, Usquil, Agallpampa, Julcán, Santiago de Chuco y Cachicadán, en La Libertad y Caminaca, Cupi, Llalli, San Juan de Salinas y Paucarcolla, en Puno. También serán parte del Piloto los distritos de Ahuaycha y Daniel Hernández de Huancavelica.

Como incentivo al ahorro, durante la ceremonia en Usquil se entregaron dos canastas sorteadas entre las beneficiarias que hasta el mes pasado habían cumplido sus corresponsabilidades y además tenían saldos positivos en sus cuentas de ahorro. Las canastas contienen productos de primera necesidad por un valor aproximado de 180 nuevos soles.

Las madres ganadoras fueron Martina Mendoza Hurtado, de la comunidad de El Porvenir y María Paredes Vásquez, de la comunidad de San Juan, quien agradeció este regalo y comentó de sus esfuerzos para ahorrar.


Sí al ahorro
Por su parte, las beneficiarias del Programa Juntos de los diversos caseríos pertenecientes al distrito de Usquil dijeron sentirse motivadas a ahorrar en el banco, ya que es más seguro. “Tenemos que ahorrar algo porque la chacra a veces está mal y no hay ni para el jabón, dijo la señora Paula Lucía Zare Arenas, de Pampa Amarilla.

Asimismo, Teresita Jesús Alfaro comentó que ya ahorra pero escondiendo el dinero en su vivienda. “Pero en el banco creo que es mejor porque al tener el dinero en casa uno lo saca para cualquier cosa”, refirió.

Finalmente la señora Santos Rodríguez Arenas sostuvo que ahorra un poquito de dinero pero que todo se le va en sus niños. Añadió que si pudiera ahorrar en el banco “lo utilizaría para tener un pequeño negocio”.

Esta nueva etapa del Piloto de Promoción del Ahorro comprende a más de 24 mil titulares del Programa Juntos que poseen su libreta de ahorros del Banco de la Nación. La primera fase de la ampliación del Piloto comprende labores de sensibilización y capacitación a cargo de AgroRural tanto a los gestores locales de los distritos involucrados como a las madres del Programa Juntos.