martes, febrero 01, 2011



Atkins exhorta a miembros del Comité Regionald de Defensa Civil

No desmayar en sus propósitos de prevención con la población


El presidente del Comité Regional de Defensa Civil, Javier Atkins Lerggios, tras juramentar a los miembros integrantes del mencionado organismo entre ellos los ocho alcalde provinciales de Piura, conforme manda la Resolución Ejecutiva Regional Nro. 0074, les indicó que cada uno de ellos en su jurisdicción que gobiernan deben liderar las políticas y acciones de prevención de desastres o posibles desastres.

"El rol de autoridad que nos corresponde ejercer debe orientarse a promover la participación de todos los ciudadanos(as) de la región", sostuvo, tras indicar a los miembros integrantes que ellos constituyen la primera instancia operativa en la atención de una emergencia y desastre. Asimismo les dijo que no deben olvidar que la región Piura fue duramente castigada en los años 1982-1983 y 1998-1999, con secuelas que todavía no se han logrado superar.

Explicó que los comités de defensa civil regional, provinciales y distritales sumarán esfuerzos con el apoyo del Instituto Nacional de Defensa Civil, para generar una agresiva cultura de prevención y la disposición de los planes operativos y planes de contingencia para cualquier desastre o emergencia.

Dijo que su principal preocupación en estos momentos es orientar y capacitar a las familias de la región Piura en la prevención del dengue. "Solo podemos combatirla esa epidemia con la participación activa de la autoridades y la ciudadania", acotó, al mismo tiempo invocó a los piuranos(as) para que faciliten el trabajo de los promotores que en los próximos días visitarán los hogares.

"Tenemos serios problemas con el dengue, estamos en una etapa de prevención y ahí debe terminar en esta etapa de prevención - no esperemos que se convierta en una epidemia como ya lo hemos sufrido el año pasado", reflexionó.





Jefe del Indeci juamentó a Atkins como presidente del Comité Regional de Defensa Civil

Con motivo de la juramentación del Comité Regional de Defensa Civil, el mismo que preside Javier Atkins Lerggios, se hizo presente en Piura, el jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil, general EP en situación de retiro, Luis Palomino Ramírez, tras juramentar al presidente regional, precisó que los diferentes comités provinciales y distritales de defensa civil conjuntamente con el regional, tienen a su cargo defender y salvaguardar los intereses de la población para que no sean afectados o menos afectados por los desastres naturales o las mergencias que puedan presentarse.

Dijo que en Piura han habido fenómenos lluviosos muy intensos a fines del siglo pasado. Recordó que en 1982-1983, afectó gravemente a la región, el mismo que se replicó en el año 1998-1999, sin embargo, argumentó que quizás el periodo lluvioso de 1998-1999, los menos graves que el de 1982-1983, simplemente porque se habían hecho alguna obras de prevención.

El jefe nacioanl del INDECI dejó un mensaje a las autoridades regionales y a la población en su conjunto, para que tengan una cultura de prevención que les ayude a evitar que los desastres puedan afectarlos de manera negativa.
"Sí nos instalamos en zonas de riesgo o en lugares que puedan ser inundados por una u otra circunstancia, o si no contribuimos a mantener el cause de los ríos, para que estén libres de desmonte, basura; estaremos creando condiciones de riesgo",aclaró Palomino.

Sostuvo que los riesgos se dan por los peligros que no se pueden evitar, pero que sí se pueden evitar las vulnerabilidades. Dijo que se crean a através de los asentamientos humanos o caseríos mal ubicados cerca de los ríos o quebradas, o en todo caso las obras no se hacen oportunamente.
Aseveró que cuando se hacen obras de prevención los fenómenos lluviosos no causan tanto daño, como construcción de puentes, descolmatación de los ríos, defensas ribereñas y limpieza de canales.

Añadió que no precisamente las lluvias pueden hacer daño sino un sismo de gran magnitud, sobre todo porque después de muchos años hay un silencio sísmico.
"Me refiero a sismos de gran magnitud no a los sismos que percibimos diariamente de grado 4 ó 5, que no causan efectos mayormente a la población o a la vida económica del país", explicó.

Recomendó que la mejor forma de preparar a la gente es haciendo simulacros de sismo y en ese sentido el 26 de febrero a partir de las ocho de la noche, habrá a nivel nacional el simulacro de sismo y tsunami, que es necesario que la población tome conciencia del mismo y colaboré en la ejecución y respete la indicaciones de los técnicos de defensa civil.
www.piuraweb.com


Se aplicará la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”
COMUNA MULTARÁ A LOS QUE CONTAMINEN EL MEDIO AMBIENTE

Las personas inescrupulosas que sigan arrojando los residuos y desmontes en plena vía pública, así como en los alrededores de la ciudad serán sancionadas y se les aplicará la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444.

Es que la municipalidad de Paita rigiéndose a los lineamientos de los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, por acuerdo de concejo, aprobó la ordenanza sobre la Escala de Multas No Tributarias contra los Vehículos Motorizados Menores y Mayores, Vehículos No Motorizados, Vecinos y Peatones que arrojen desechos y desmontes en la provincia.

El artículo III de la ordenanza municipal Nº 012-2009/MPP, establece que la Gerencia de Servicios a la Comunidad, es el órgano responsable de la aplicación de la multa No Tributaria y la Sanción de Internamiento Temporal del Vehículo, de la ordenanza señalada líneas arriba.

Asimismo, es necesario precisar que, los encargados de velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza son: la comisión de ornato, parques y jardines, , Sub Gerencia de Limpieza Pública, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Transporte y Circulación Vial y la Sub Gerencia de Medio Ambiente.

La Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” es la que se aplicará para el fiel cumplimiento de la ordenanza municipal.

DATOS:

La ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” , tiene por finalidad establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la administración Pública sirva a la protección del interés general , garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general.