Se harán escuchar mediante movilización programada para el miércoles 15
Productores y empresarios del Valle del Chira unen fuerzas para obtener licencias de excedentes de agua que se pierden en el mar
Para lograr la derogación de la Resolución Ministerial N° 380-2007-AG, que declara agotados los recursos hídricos de la cuenca del río Chira, la Asociación de Productores y Empresarios de Riego Tecnificado (APERT) decidieron hacer fuerza para conseguir este cometido.
"Ha pasado el tiempo y hasta el momento el Gobierno Central no tiene la voluntad política de derogar esta resolución que entorpece el inició de grandes proyectos de inversión en el Valle del Chira que generen el progreso en la región", señalaron los representantes de la referida Asociación.
Según indicaron en conferencia de prensa, esta Resolución Ministerial viene perjudicando un promedio de tres mil agricultores y cuatro mil trabajadores de las empresas que integran el APERT, dejando además de generar un promedio de 40 mil puesto de trabajo; esto en vista de que de las 60 mil hectáreas de cultivo de caña, sólo se vienen trabajando un 10%.
Por ello, tanto productores como empresarios han visto conveniente unirse para reclamar el derecho a obtener las licencias de agua, que según estudios realizados tanto por la entidad privada como por la Universidad de Piura demuestran que el rio Chira es uno de los ríos estacionales más caudalosos de la vertiente peruana y posee una media anual de casi 3,000 millones de metros cúbicos (MMC) - sin considerar años húmedos ni los Fenómenos del Niño - que se pierden al mar y que puntualmente existen aguas debajo de la presa Sullana, (una vez atendidas las demandas agrícolas de los valles), volúmenes del orden de los 330 MMC, entre excedentes mas de aguas de retorno no utilizadas que indefectiblemente se van al Océano Pacifico.
Asimismo, los productores y empresarios refieren que son discriminados por el Gobierno Regional al no tener acceso a los 186 MMC de recurso hídrico que se reservó para el Proyecto Especial Chira Piura (PECH), con la finalidad de utilizarlos para el desarrollo agrícola y agroindustrial de las tierras eriazas de la margen izquierda del río Chira. Por tal motivo también exigen la derogación de: La Ordenanza Regional 110-2006-/DRP-CR, D.S. 056-2006-AG y D.S. 017-2008-AG.
De tal manera que, a decir de ellos, Maple sería la única beneficiaría con el recurso para su proyecto de caña de azúcar para la producción de etanol, el mismo que no comparten con otros proyectos del mismo rubro y que pertenecen a productores y empresarios de la región.
Según indicaron, las normas legales están direccionadas a favorecer a una empresa, cuando deberían beneficiar al colectivo de manera equitativa
"Este miércoles 15 a las 10:00 de la mañana realizaremos una movilización pacífica pero contundente, para hacer escuchar nuestra voz de protesta al Gobierno Central para que haga realidad nuestro pedido de derogación de esta Resolución Ministerial N°380-2007 que entrampa el desarrollo de la región y los miles de puestos de trabajo que se pueden generar a través de los proyectos de inversión que tenemos", indicaron los representantes de APERT.
DATOS DE SU INTERÉS
El APERT está conformando por Agrícola del Chira (Caña Brava), AMBAO, Asociación Campesinos Sin Tierra Ignacio Escudero, Asociación Campesinos Sin Tierra Marcavelica, Asociación Campesinos y Ganaderos Santa Rosa La Noria, Asociación San Martín de Porras, Asociación Agrícola Ganadera - Segundo Nuevo Lancones, Baneco S.R.L, Campo Sol, CEPIBO, Comunidad Campesina Cañas, Corporación Miraflores S.A., Inversiones OEA S.A.C, Servicios Agrícolas S.A.C.
Entre los cultivos exportables que se han visto más perjudicados figuran el banano orgánico, limón, ají páprika, uva y caña de azúcar.
1.- Ordenanza Regional 110-2006-/DRP-CR (05-08-2006): Declara de Interés Público Regional el desarrollo agrícola y Agroindustrial de las tierras eriazas ubicadas en la margen izquierda del Rio Chira.
2.- Decreto Supremo 056-2006-AG (31-08-2006): Reserva las aguas del rio Chira, aguas abajo de la Presa Derivadora Sullana por un volumen anual de 186 MM3 por el lapso de dos años (vencieron el 31-08-2008).
3.- Resolución Ministerial 380-2007-AG (18-05-2007): Declara agotados los Recursos Hídricos de la Cuenca del Rio Chira prohibiendo el otorgamiento de nuevas licencia de agua.
4.- Decreto Supremo 017-2008-AG (24-08-2008): Prorroga o amplía el plazo de Reserva de agua del Decreto Supremo 056-2006-AG.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario