Proponen creación de Registro de Delincuentes Sexuales
Congresista Fabiola Morales presenta proyecto de ley que crea el Registro de Condenados por Delitos de Violación de la Libertad Sexual.
La Congresista Dra. Fabiola Morales Castillo, Presidenta de la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social del Congreso de la República, anunció en conferencia de prensa por el Día de la No Violencia contra la Mujer que presentará al Congreso un proyecto de ley mediante el cual se crearía el Registro de Condenados por Delitos de Violación de la Libertad Sexual, también conocido como “registro de delincuentes sexuales”.
El proyecto de ley incorpora al Código Penal, el artículo 178-Bº mediante el cual se crea el mencionado Registro de Condenados por Delitos de Violación de la Libertad Sexual, denominado por los especialistas como “registro de delincuentes sexuales”.
“Este registro se ha venido desarrollando en diversos países como Canadá, Francia, Reino Unido y Estados Unidos. Países como Suiza, Chile y Argentina se encuentran estudiando la implementación de este registro y la Unión Europea ya analiza la aplicación de un posible sistema general a nivel europeo. Hay que destacar que su finalidad es preventiva y no punitiva”, señaló la parlamentaria.
Agregó la congresista que su objetivo principal es “contribuir a la reducción de la reincidencia por parte de los delincuentes sexuales. Sus fundamentos son los principios de defensa del orden público, de la libertad e indemnidad sexual y la dignidad humana”.
Finalmente agregó la congresista Morales Castillo que el proyecto también propone la eliminación de algunos beneficios penitenciarios aplicables a determinados delitos contra la libertad sexual, como sería el caso entre otros, del indulto, la semilibertad y liberación condicional, la conmutación de la pena, el derecho de gracia y la redención de la pena por el trabajo y la educación.
“Creemos que la creación de este sistema de registro ayudaría en el Perú ha atenuar la ola de violaciones y demás delitos contra la libertad sexual que vienen ocurriendo en la actualidad y, de igual manera, ayudaría a la policía nacional a hacer efectivo un mejor seguimiento de estos delitos, a fin de evitar casos de reincidencias” concluyó la congresista.
La implementación de dicho Registro se encontraría a cargo del Ministerio del Interior. Las características más relevantes del Registro son las siguientes:
El condenado será inscrito en el mencionado Registro. Dicha inscripción se efectuará de oficio en la fecha de liberación del condenado.
Los plazos de duración de inscripción en el Registro dependerán de la pena máxima para cada una de las modalidades del delito.
La inscripción en el Registro también sería obligatoria para todos aquellos condenados que a la fecha de la publicación de la ley, se encuentren purgando pena privativa de la libertad por delitos contra el honor sexual.
En el caso de condenados menores de edad, los plazo se reducirán a la mitad.
La información introducida en el Registro deberá ser actualizada por el ex condenado cada seis meses, encontrándose obligado a informar al mencionado Registro cada vez que efectúe cambio de domicilio o salga fuera del país.
Cualquier ciudadano tendría libre acceso a la información contenida en el Registro.
Más información: http://fabiolamorales.org/
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