EL ABORTO Y LA COMISIÓN REVISORA DEL CÓDIGO PENAL
En días pasados nos hemos enterado de la decisión de la Comisión Revisora del Código Penal de proponer la despenalización del aborto para los casos de aborto eugenésico y por violación sexual. La vida humana en cualquier fase o condición debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde la concepción. Es decir desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona entre los cuales está el carácter sagrado e inviolable de todo ser inocente a la vida. La Comisión Revisora del Código Penal ha obrado muy mal porque el derecho de todo individuo humano inocente a la vida no está subordinado ni a los individuos ni a los padres y tampoco es una concesión de la sociedad o del Estado porque este derecho pertenece a la naturaleza humana y es inherente a la persona. El camino de la Iglesia es el hombre y la defensa de su dignidad. Por eso la Iglesia defiende la vida desde la concepción hasta su fin natural.
Sobre el aborto eugenésico, me pregunto: ¿Quién puede afirmar que los minusválidos no desean vivir? El aborto eugenésico se basa en el falso postulado de que sólo "los lindos y sanos" son quienes deben establecer el criterio de valor de cuándo una vida vale o no. Con ese criterio, tendríamos motivo suficiente para matar a los minusválidos ya nacidos. Además no olvidemos que los nazis realizaban el aborto eugenésico.
En cuanto al aborto por violación sexual, éste no va a quitar a la mujer violada ningún dolor físico o psicológico producido por este repudiable acto. Al contrario, le va a agregar las complicaciones físicas y psíquicas que el aborto ya tiene de por sí. Por otro lado, el fruto de este acto violento es un niño inocente, que no carga para nada con la brutal decisión de su padre genético. Asimismo los legisladores más expertos señalan que legalizar este aborto es abrirle las puertas a serias complicaciones jurídicas: prácticamente cualquier unión, incluso consensual, podría ser presentada como contraria a la voluntad de la mujer y, por tanto, una violación. Las estadísticas en el mundo entero demuestran que el aborto por violación no es ni siquiera aceptado por sus verdaderas víctimas, las mujeres violadas.
Finalmente no veo cómo es posible que vía una reforma del Código Penal se pretenda despenalizar el aborto en el Perú cuando la Constitución protege al concebido no nacido desde la concepción. Esa reforma sería anticonstitucional y por tanto ilegal. Confío que la Comisión Revisora recapacite, que prohíba el aborto en todas sus formas. Sólo defendiendo la vida de manera absoluta construiremos una auténtica cultura de paz en el Perú.
X José Antonio Eguren Anselmi, S.C.V.
Arzobispo Metropolitano de Piura
Comisión Episcopal de Familia y Vida
Presidente
lunes, octubre 12, 2009
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