Ayabaca dejará de ser provincia de extrema pobreza
Aprueban Ley de Exoneración Tributaria
Durante la última sesión plenaria, el Congreso de la República aprobó la norma que exonera a las empresas que se ubiquen en zonas altoandinas -hasta por un periodo de diez años- del impuesto a la renta de tercera categoría, de tasas arancelarias y del IGV, para las importaciones que realicen de bienes de capital con fines de uso productivo.
Según explicó el congresista Miguel Guevara, las beneficiarias de la norma son las personas naturales, micro y pequeñas empresas, cooperativas, empresas comunales y multicomunales que se instalen en zonas geográficas andinas a partir de 2500 metros sobre el nivel del mar (m.s.n.m.) y las empresas en general que se instalen en zonas geográficas andinas partir de de 3200 m.s.n.m., siempre que ubiquen ahí su domicilio fiscal, centro de operaciones y centro de producción.
Asimismo mencionó que las actividades que se encuentran bajo el ámbito de la norma son la psicultura, acuicultura, procesamiento de carnes en general, plantaciones forestales con fines comerciales o industriales, producción láctea, crianza y explotación de fibra de camélidos sudamericanos y lana de bovinos, agroindustria, artesanía y textiles.
Quienes deseen gozar de las exoneraciones deben mantenerse al día en el pago de sus obligaciones tributarias o cumplir con los acuerdos establecidos. En su defecto se perderán los beneficios otorgados teniendo que pagar los tributos e intereses legales respectivos.
Guevara también dijo que la finalidad es generar valor agregado y uso de mano de obra a partir del desarrollo de actividades productivas y de servicios en zonas de extrema pobreza.
“Con ésta norma estamos dando los instrumentos legales para que el empresariado piurano se anime a invertir colaborando con el desarrollo de provincias olvidadas. La ciudad de Ayabaca que está por encima de los 2500 msnm y la zona de las Huaringas, muy por encima de los 3500 msnm, están esperando. Poco a poco seguimos trabajando para alcanzar justicia a los peruanos que todavía no la tienen” refirió.
DATOS DE SU INTERÉS
• La norma fue aprobada con 77 votos a favor y exonerado de segunda votación.
• Los bienes de capital adquiridos no podrán ser transferidos bajo ningún título por el plazo de 5 años.
• Las capitales del departamento están excluidas del alcance de la Ley.
domingo, junio 07, 2009
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario