El día de los derechos humanos… ¿qué nos deja el 2010?
El 10 de diciembre es conmemorado a nivel mundial el día de los derechos humanos, en virtud de que fue en esta fecha hace 62 años, la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, misma que es respaldada actualmente por 192 países. Sin duda esta declaración es uno de los documentos más importantes del siglo XX.
Concluida la segunda guerra mundial y las atrocidades cometidas por el régimen nazi, la conciencia mundial reaccionó con la enumeración de 30 artículos en los que se contienen una serie de derechos humanos. Sin embargo, la aprobación misma fue sólo el pilar en el que se basa la conciencia mundial por el respeto, promoción y protección de la dignidad humana.
Lamentablemente en estos 62 años hemos sido testigos de una serie de crueldades, la tortura generalizada y sistemática en todo el mundo, las desapariciones forzadas en el Plan Cóndor en las dictaduras y regímenes autoritarios de América Latina, así como en los países socialistas. Los actos genocidas en la Ex-Yugoslavia, Ruanda, Guatemala, Perú, Sudan, entre otros. Los conflictos armados, falta de acceso a servicios sociales básicos (salud, alimentación, educación, etc.) en todo el mundo, pero en particular en África.
Este 10 de diciembre siempre es importante hacer un corte de caja para analizar los avances, retrocesos y retos que en esta materia se tiene en México, con el objeto de que no se queden relegados, olvidados o perdidos frente a lo que en esta materia corresponde a nivel mundial.
En México existen varios retos que han sido señalados en innumerables ocasiones por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, y reiterado por las organizaciones de la sociedad civil; de forma lamentable, las autoridades mexicanas en todos los niveles han sido omisas para satisfacer esas exigencias. Unos ejemplos son los siguientes:
1. Derogación de la figura del arraigo con la cual la autoridad mexicana puede detener por más de cuarenta días a una persona para investigarla por un delito. No obstante esta recomendación constante desde 1996, México continua utilizando esta figura jurídica, aún en contra de personas que públicamente ha señalado tener pruebas contundentes en su contra como en el caso de la “Barbie”.
2. Prohibir el presentar ante los diversos medios de comunicación a una persona que ha sido detenida por la presunta comisión de un delito e interrogarla públicamente sin presencia de autoridad judicial, en particular en el caso de menores en conflicto con la ley penal. México continua haciendo circos mediáticos de cada persona que detienen sin reparar como esto afectaría el debido proceso y el derecho a la presunción de inocencia de la persona detenida. En particular resulta preocupante que en el caso de un menor de edad, “El Ponchis”, la autoridad haya realizado esta acción, la cual sin duda será una barrera que le impedirá rehacer su vida una vez que enfrente a la justicia.
3. Implementación del Sistema de Justicia Oral en México. En 2008 se aprobó a nivel federal la reforma al sistema de justicia penal y seguridad pública; si bien la reforma establece un periodo de ocho años para su total adecuación, se requiere ir cambiando patrones que fomentan los abusos de poder y la tortura. El arraigo, el presentar ante medios a un persona que fue detenida, el uso de la confesión como elemento de prueba, entre otros, son mecanismos jurídicos que han sido recriminados a México por organismos de derechos humanos y que continúan practicándose, y que la reforma puede limitar o erradicar.
4. Prohibición de uso de la justicia militar para perseguir violaciones de derechos humanos. En el 2010, en varias ocasiones, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció en las sentencias en contra de México, que debe prohibir el uso de la justicia militar para juzgar violaciones de derechos humanos y que personal de las fuerzas armadas deben ser juzgadas ante autoridades civiles. Estas determinaciones vienen a reafirmar una serie de recomendaciones que desde 1996 se hacen al Estado mexicano. No obstante lo anterior, en México se continúa juzgando a personal militar ante la justicia castrense y más aún, la reforma planteada por el Presidente Calderón se queda muy corta de lo dispuesto por la Corte.
5. Implementación del sistema de Justicia penal para menores en conflicto con la ley. Ya hace varios años se reformó la Constitución Mexicana con el propósito de que los menores en conflicto con la ley dejaran de ser objeto de tutela y se convirtieran en sujetos derecho. Es decir, los menores en conflicto con la ley cuentan con los mismos derechos que una persona adulta al cometer un hecho ilícito regulado por el derecho penal, pero tienen además el derecho a ser tratados de acuerdo a su desarrollo psicosocial. Hoy en día se continúa esperando la adecuación normativa; mientras, casos como el Ponchis continuarán vigentes.
6. Falta de acceso a la justicia en materia de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. En México, por regla general estos derechos carecen de protección judicial, y desde 2003 se recomendó a México cambiar esta situación. Actualmente existen en el Congreso de la Unión, una serie de reformas constitucionales al artículo 103 y 105 (regulan la protección constitucional) las cuales no son prioridad ni para el Legislativo ni el Ejecutivo Federal. Además, el Congreso no ha regulado la reforma que incorpora las acciones colectivas a mediados de este año. Tampoco se ha ratificado el Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, mismo que fue impulsado por el Estado mexicano en Naciones Unidas, pero que parece les da temor a la Secretaría de Relaciones Exteriores promoverlo internamente.
7. Mecanismos de protección ante agresiones a periodistas y personas defensoras de derechos humanos. El incremento de las agresiones a estas poblaciones en riesgo, tiene un efecto amedrentador que promueve la autocensura y ataca contra la deliberación libre de las ideas y la protección de derechos humanos. Desde el sexenio anterior se registró, denunció y exigieron medidas para prevenir y proteger ante las agresiones, sin embargo, el Gobierno Federal aún no impulsa medidas efectivas para evitar la pérdida de vidas.
8. Criminalización de la mujer en sus derechos reproductivos. Después de la reforma en la Ciudad de México que permite la interrupción del embarazo en las primeras doce semanas y las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación indicando que la reforma es constitucional y la obligación de todas las autoridades mexicanas de prestar servicios de salud víctimas de violencia (entre ellas le interrupción del embarazo), el PANISMO-PRIISMO, iniciaron una campaña que agrede y criminaliza los derechos reproductivos de las mujeres, incumpliendo así las recomendaciones de Naciones Unidas en la materia, en particular las establecidas en el Comité de Derechos del Niño.
9. Expropiación y desalojos forzados a comunidades indígenas, campesinas, ejidales y otros colectivos. En México cualquier proyecto energético, carretero, turístico, entre otros, se realizan de forma autoritaria y sin consultar a la población que será afectada.
10. Falta de articulación de políticas públicas. Desde 1993, México se comprometió impulsar políticas públicas con perspectiva de derechos humanos. De las 31 entidades federativas, el Distrito Federal y el Gobierno Federal, sólo se cuenta con un programa escueto de nivel federal y un programa ambicioso a nivel de la Ciudad de México. Eso quiere decir que quedan a deber 31 programas de derechos humanos de carácter estatal y, efectividad en su cumplimiento por parte de las instancias de gobierno que ya aprobaron su respectivo programa.
Aún hay muchos otros temas pendientes, ¿Cuál otro quieren agregar?
El 10 de diciembre es conmemorado a nivel mundial el día de los derechos humanos, en virtud de que fue en esta fecha hace 62 años, la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, misma que es respaldada actualmente por 192 países. Sin duda esta declaración es uno de los documentos más importantes del siglo XX.
Concluida la segunda guerra mundial y las atrocidades cometidas por el régimen nazi, la conciencia mundial reaccionó con la enumeración de 30 artículos en los que se contienen una serie de derechos humanos. Sin embargo, la aprobación misma fue sólo el pilar en el que se basa la conciencia mundial por el respeto, promoción y protección de la dignidad humana.
Lamentablemente en estos 62 años hemos sido testigos de una serie de crueldades, la tortura generalizada y sistemática en todo el mundo, las desapariciones forzadas en el Plan Cóndor en las dictaduras y regímenes autoritarios de América Latina, así como en los países socialistas. Los actos genocidas en la Ex-Yugoslavia, Ruanda, Guatemala, Perú, Sudan, entre otros. Los conflictos armados, falta de acceso a servicios sociales básicos (salud, alimentación, educación, etc.) en todo el mundo, pero en particular en África.
Este 10 de diciembre siempre es importante hacer un corte de caja para analizar los avances, retrocesos y retos que en esta materia se tiene en México, con el objeto de que no se queden relegados, olvidados o perdidos frente a lo que en esta materia corresponde a nivel mundial.
En México existen varios retos que han sido señalados en innumerables ocasiones por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, y reiterado por las organizaciones de la sociedad civil; de forma lamentable, las autoridades mexicanas en todos los niveles han sido omisas para satisfacer esas exigencias. Unos ejemplos son los siguientes:
1. Derogación de la figura del arraigo con la cual la autoridad mexicana puede detener por más de cuarenta días a una persona para investigarla por un delito. No obstante esta recomendación constante desde 1996, México continua utilizando esta figura jurídica, aún en contra de personas que públicamente ha señalado tener pruebas contundentes en su contra como en el caso de la “Barbie”.
2. Prohibir el presentar ante los diversos medios de comunicación a una persona que ha sido detenida por la presunta comisión de un delito e interrogarla públicamente sin presencia de autoridad judicial, en particular en el caso de menores en conflicto con la ley penal. México continua haciendo circos mediáticos de cada persona que detienen sin reparar como esto afectaría el debido proceso y el derecho a la presunción de inocencia de la persona detenida. En particular resulta preocupante que en el caso de un menor de edad, “El Ponchis”, la autoridad haya realizado esta acción, la cual sin duda será una barrera que le impedirá rehacer su vida una vez que enfrente a la justicia.
3. Implementación del Sistema de Justicia Oral en México. En 2008 se aprobó a nivel federal la reforma al sistema de justicia penal y seguridad pública; si bien la reforma establece un periodo de ocho años para su total adecuación, se requiere ir cambiando patrones que fomentan los abusos de poder y la tortura. El arraigo, el presentar ante medios a un persona que fue detenida, el uso de la confesión como elemento de prueba, entre otros, son mecanismos jurídicos que han sido recriminados a México por organismos de derechos humanos y que continúan practicándose, y que la reforma puede limitar o erradicar.
4. Prohibición de uso de la justicia militar para perseguir violaciones de derechos humanos. En el 2010, en varias ocasiones, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció en las sentencias en contra de México, que debe prohibir el uso de la justicia militar para juzgar violaciones de derechos humanos y que personal de las fuerzas armadas deben ser juzgadas ante autoridades civiles. Estas determinaciones vienen a reafirmar una serie de recomendaciones que desde 1996 se hacen al Estado mexicano. No obstante lo anterior, en México se continúa juzgando a personal militar ante la justicia castrense y más aún, la reforma planteada por el Presidente Calderón se queda muy corta de lo dispuesto por la Corte.
5. Implementación del sistema de Justicia penal para menores en conflicto con la ley. Ya hace varios años se reformó la Constitución Mexicana con el propósito de que los menores en conflicto con la ley dejaran de ser objeto de tutela y se convirtieran en sujetos derecho. Es decir, los menores en conflicto con la ley cuentan con los mismos derechos que una persona adulta al cometer un hecho ilícito regulado por el derecho penal, pero tienen además el derecho a ser tratados de acuerdo a su desarrollo psicosocial. Hoy en día se continúa esperando la adecuación normativa; mientras, casos como el Ponchis continuarán vigentes.
6. Falta de acceso a la justicia en materia de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. En México, por regla general estos derechos carecen de protección judicial, y desde 2003 se recomendó a México cambiar esta situación. Actualmente existen en el Congreso de la Unión, una serie de reformas constitucionales al artículo 103 y 105 (regulan la protección constitucional) las cuales no son prioridad ni para el Legislativo ni el Ejecutivo Federal. Además, el Congreso no ha regulado la reforma que incorpora las acciones colectivas a mediados de este año. Tampoco se ha ratificado el Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, mismo que fue impulsado por el Estado mexicano en Naciones Unidas, pero que parece les da temor a la Secretaría de Relaciones Exteriores promoverlo internamente.
7. Mecanismos de protección ante agresiones a periodistas y personas defensoras de derechos humanos. El incremento de las agresiones a estas poblaciones en riesgo, tiene un efecto amedrentador que promueve la autocensura y ataca contra la deliberación libre de las ideas y la protección de derechos humanos. Desde el sexenio anterior se registró, denunció y exigieron medidas para prevenir y proteger ante las agresiones, sin embargo, el Gobierno Federal aún no impulsa medidas efectivas para evitar la pérdida de vidas.
8. Criminalización de la mujer en sus derechos reproductivos. Después de la reforma en la Ciudad de México que permite la interrupción del embarazo en las primeras doce semanas y las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación indicando que la reforma es constitucional y la obligación de todas las autoridades mexicanas de prestar servicios de salud víctimas de violencia (entre ellas le interrupción del embarazo), el PANISMO-PRIISMO, iniciaron una campaña que agrede y criminaliza los derechos reproductivos de las mujeres, incumpliendo así las recomendaciones de Naciones Unidas en la materia, en particular las establecidas en el Comité de Derechos del Niño.
9. Expropiación y desalojos forzados a comunidades indígenas, campesinas, ejidales y otros colectivos. En México cualquier proyecto energético, carretero, turístico, entre otros, se realizan de forma autoritaria y sin consultar a la población que será afectada.
10. Falta de articulación de políticas públicas. Desde 1993, México se comprometió impulsar políticas públicas con perspectiva de derechos humanos. De las 31 entidades federativas, el Distrito Federal y el Gobierno Federal, sólo se cuenta con un programa escueto de nivel federal y un programa ambicioso a nivel de la Ciudad de México. Eso quiere decir que quedan a deber 31 programas de derechos humanos de carácter estatal y, efectividad en su cumplimiento por parte de las instancias de gobierno que ya aprobaron su respectivo programa.
Aún hay muchos otros temas pendientes, ¿Cuál otro quieren agregar?
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