sábado, octubre 02, 2010

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CODIGO DE CONSUMO ENTRA EN VIGENCIA
La mayoría de normas deberá de acatarse, con excepción de algunas disposiciones que serán reglamentadas en un plazo de 180 días.
Cumpliéndose lo establecido en la ley Nº 29571, que disponía la entrada en operación del Código de Protección y Defensa del Consumidor a los 30 días calendarios posteriores a su publicación, este entra en vigencia a partir de hoy.

Al respecto el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, José Luna Gálvez, recomendó a las empresas y microempresarios, revisar las normas del Código del Consumidor, para así cumplir con sus obligaciones, y evitar el pago de multas por infracciones que pueden llegar hasta 450 UIT ( S/. 1 millón, 620 mil).
Precisó que la mayoría de normas del código entran en vigencia, con excepción de algunas disposiciones que serán reglamentadas en un plazo de 180 días, desde la vigencia del Código, como: el etiquetado de alimentos; arbitraje de consumo; registro de infracciones y sanciones; fondo de financiamiento para la difusión de la normativa de consumo y el libro de reclamaciones“Hay otros temas pendientes como el endoso de pasajes que está en la Comisión de Constitución para ver si el dispositivo dado por el gobierno referente a este tema es legal o no”, dijo.
Luna Gálvez destacó que entre las principales normas que deberán ser acatadas por los proveedores está la disposición que les ordena en general adecuar sus contratos para evitar la inclusión de cláusulas abusivas; asimismo la prohibición de la publicidad engañosa.
“Los bancos ya tienen que haber tomado la previsión de enviar sus contratos preescritos a la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) para que no haya cláusulas abusivas, sino serán denunciados”, indicó.
Los bancos y financieras, también, deberán informar y anunciar en su publicidad la tasa de interés real, que incluya todas las comisiones y cargos que pagará el cliente.
También, el que los restaurantes, hoteles, farmacias, boticas, bancos, grandes almacenes, entre otros, deban de informar el precio final de sus productos y servicios que ofrecen a sus clientes.
Además el derecho de los usuarios a recibir toda la información en el caso de pago de servicios educativos, de salud, inmobiliarios de manera que no sean engañados y reciban el servicio idóneo.
Entran también en vigencia las multas por infracciones al Código del Consumidor.

No hay excusas
Para el presidente de ASPEC, Crisólogo Cáceres, los proveedores de productos y servicios han tenido el tiempo suficiente para tomar las respectivas provisiones que les permitan acatar desde hoy el cumplimiento de lo establecido en el código.
Además refirió hay muchas normas establecidas en el código que ya estaban vigentes desde hace muchos años, como por ejemplo la obligación de exhibir los precios en la parte externa de los establecimientos.
“No hay excusas. Los consumidores tenemos la obligación de conocerlo y defenderlo. Del mismo modo, las autoridades de los diversos sectores involucrados deben poner todos sus esfuerzos y recursos para implementar sus disposiciones en beneficio de los consumidores”, dijo.

El dato
A pesar de que EXPRESO intentó comunicarse con representantes de Asbanc, para conocer su posición con respecto a la vigencia del Código del Consumidor, hasta el cierre de la edición no se tuvo éxito.

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