martes, diciembre 29, 2009


CHULUCANAS SANCIONA QUEMA DE LLANTAS, MUÑECOS Y ARTICULOS PIROTÉCNICOS EN ESTAS FIESTAS NAVIDEÑAS

PiuraWeb Noticias
diciembre, martes 29, 2009
Con Ordenanza MunicipalLa Municipalidad Provincial Morropon – Chulucanas con las atribuciones que le compete como Órgano de Gobierno Local y en defensa y prevención del medio ambiente, limpieza pública, ornato de la ciudad, promulgó la Ordenanza Municipal Nº 015-2009-MPM-CH, aprobada en Acuerdo de Concejo Nº310-2009-MPM-CH-SG, de fecha 22 de diciembre; cuyo objetivo es prohibir la quema de aceites, llantas, artículos pirotécnicos no autorizados conforme a ley, muñecos y otros elementos contaminantes en los patios, jardines y calles de la ciudad.
Dicha ordenanza autoriza a la Policía Municipal a imponer multa equivalente hasta el 10% de la UIT a aquellas personas que se les encuentre in fraganti realizando la quema de dichos productos y; en caso de que los autores fueran menores de edad la multa recaería en los padres de familia.
Todo ello, siguiendo los lineamientos de la Ley General del Ambiente Nº 28611 a través del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; así como la prevención del deterioro de vías asfaltadas del Distrito de Chulucanas en procura de una mejor calidad de vida para los vecinos de la jurisdicción, con el fin de preservar la integridad física y la salud de los moradores en esta fiestas navideñas y de año nuevo.
De igual modo la Policía Municipal con apoyo de la Policía Nacional del Perú y el Departamento de Seguridad Ciudadana de Chulucanas, procederán al decomiso de los productos no autorizados como fuegos artifíciales, ropa usada, llantas, muñecos, artículos varios, etc. que se observen en la vía publica listos para ser quemados, ya que estos elementos son nocivos al medio ambiente y a la salud.
Finalmente, el Procurador Público Municipal en uso de sus atribuciones interpondrá la acción penal por delito de desobediencia a la autoridad tipificado en el art. 368º del Código Penal, contra las personas naturales o jurídicas que incurran la conducta infractora sancionada en dicha ordenanza.
ROBERTO SAAVEDRA - CHULUCANAS

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