La Dirección Regional de Trabajo organiza Seminario
Trabajadores de construcción civil conocen sus derechos laborales
La situación laboral actual de los trabajadores de construcción civil se ve afectada por la viveza de los empleadores que a veces no quiere cumplir con las leyes o reglamentos que emite el Estado a favor de los trabajadores de construcción civil, que están expuestos al peligro por la labor que realizan.
Ante el desconocimiento de sus derechos los empleadores omiten el pago de obligaciones para con sus trabajadores, es por ello que con la finalidad de informar a los trabajadores sobre los derechos que los empleadores deben cumplir, la Dirección Regional de Trabajo y Promoción, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y el Gobierno Regional, se realizó el seminario "Régimen Laboral Especial de Construcción Civil".
Este taller estuvo a cargo del Funcionario del Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo, Jorge Guevara Guardia, quien señaló que los derechos más vulnerados por los empleadores con los trabajadores de construcción civil, corresponden al pago de vacaciones, CTS (mayo y noviembre), gratificaciones (julio y diciembre), asignación familiar para hijos menores de 18 años), entre otros.
Al incumplirse estos derechos el trabajador puede dialogar con su empleador para agotar la vía pacífica caso contrario deberá denunciarlo ante el Ministerio del Trabajo, para realizar las diligencias respectivas y hacer que el empleador pague multas que pueden llegar hasta los 70 mil nuevos soles porque son acumulables.
Asimismo, el funcionario dio a conocer que dentro del Régimen Laboral de Construcción Civil, los trabajadores tienen derecho a un jornal básico diario de 38.70 nuevos soles si es operario (albañiles, carpinteros, tierreros, pintores, etc.), el trabajador oficial (auxiliares del operario) ganarán 34.56 nuevos soles; y los peones (trabajadores no calificados) ganarán 30,93 nuevos soles.
También se les deberá cancelar la bonificación Unificada de Construcción (BUC), en las que se incluye bonificaciones por desgaste de ropa y herramientas; alimentación y especialización pero sólo para el caso reoperarios. Esto se paga por día laborado, y no es computable en el pago de gratificaciones ordinarias, asignación escolar, compensación vacacional, CTS ni participación en utilidades.
Estos son algunos beneficios a los que tiene derecho un trabajador de construcción civil, pero el funcionario recalcó que estos derechos serán percibidos por el trabajador siempre y cuando el costo de la obra supere las 250 Unidades Impositivas Tributarias (875 mil nuevos soles).
El funcionario del Ministerio del Trabajo, invocó a los trabajadores y empleadores a capacitarse siempre para llevar un ambiente de paz y estabilidad laboral y así evitar conflictos laborales que a veces se ven, por eso también invito a visitar la página web del ministerio del trabajo para resolver cualquier inquietud.
Por su parte la directora regional del Trabajo, Ana Castillo, señaló que se van a continuar capacitando a los trabajadores, empleadores y sindicalistas para que conozcan las normas laborales y así evitar conflictos sociales.
*Cabe destacar que dentro de este evento estuvieron presentes trabajadores pero se noto la ausencia de empleadores y sindicalistas.
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