www.piuraweb.com
Defensoría del Pueblo recomienda urgentes actuaciones estatales frente a los Trabajos de Mejoramiento de los Sistemas de Agua y Alcantarillado.
• Se debe proteger los derechos ciudadanos
• Se debe vigilar el plan de manejo ambiental de la obra.
La Defensoría del Pueblo de Piura, ha remitido a distintas instituciones en Piura las conclusiones y recomendaciones del Informe 039-2011-DP/OD.PIURA, resultantes de su investigación no jurisdiccional a propósito de las quejas ciudadanas por dilación en la ejecución de los trabajos del Lote 3A denominado “Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para Piura-Castilla”; así como por el impacto que genera la obra en el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales como el gozar de un medio ambiente equilibrado y adecuado, el derecho a la salud, el derecho a la libre circulación en la vía pública, derecho a la integridad de los peatones y el acceso a información pública.
Dentro de los problemas que afectan al medio ambiente y la salud de las personas se ha constatado la generación de material particulado, ruidos molestos, estancamiento de aguas servidas, inadecuada limpieza de la obra y de residuos sólidos, y que los ciudadanos aseveran no se realizan acciones para mitigarlos. Asimismo se ha constatado restricciones y obstáculos al libre tránsito en la vía pública, condiciones que ponen en riesgo la seguridad de los transeúntes, finalmente los ciudadanos no se reciben información de la empresa contratita sobre las implicancias y consecuencias de las obras que se viene ejecutando.
Es por ello que se ha recomendado que:
El Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento:
1. Cumplir con Evaluar y hacer el seguimiento del desarrollo y avance de la ejecución de obras del Lote 3A, con la finalidad de verificar que se cumpla con lo dispuesto en el Expediente Técnico y en el Estudio de Impacto Ambiental.
2. Destinar a la ciudad de Piura una delegación de funcionarios del Programa Agua para Todos, con la finalidad de observar los avances del proyecto del programa, así como supervisar el cumplimiento de obligaciones de la empresa supervisora NIPPON KOEI – OIST e informarse sobre los reclamos e inquietudes de la población en torno a los avances e impacto de las obras realizadas.
La Oficina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1. Supervisar y fiscalizar el cumplimiento del plan de manejo ambiental y plan de contingencia, contenidos en el Estudio de Impacto Ambiental aprobado mediante Resolución Directoral 042-2009-VIVIENDA/VMCS-DNS, a fin de mitigar los impactos que generen en la ejecución de la obra.
La Municipalidad Provincial de Piura:
1. Supervisar y fiscalizar que los trabajos realizados por el Consorcio Piura, correspondiente al Lote 3A del Proyecto PE-P25, se realicen en los plazos previstos en las licencias de construcción de obras e informar sobre los retrasos e incumplimientos que se presenten en dicha ejecución al Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
2. Supervisar y fiscalizar que el Consorcio Piura cumpla con implementar las condiciones de seguridad para la ejecución de obras, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones y demás disposiciones, a fin de asegurar la integridad física de los trabajadores y peatones.
3. Supervisar que la empresa Consorcio Piura cumpla con implementar medidas para controlar la producción de polvo/arena, la emisión de ruidos y la contaminación por desborde o estancamiento de aguas servidas y por residuos sólidos producto de la ejecución de la obra.
4. Garantizar la adecuada señalización de vías e implementación de rutas alternas para el tránsito vehicular y peatonal, durante el periodo de ejecución de obras.
5. Comunicar, formalmente, al Programa Agua para Todos de los problemas que se vienen produciendo con motivo de la ejecución de obras.
La EPS GRAU
1. Solicitar a la Municipalidad Provincial de Piura el cronograma y el detalle sobre los lugares de realización de obras y cierre de vías públicas, entregado por el Consorcio Piura, a fin de difundirlo en la población a través de su página web, medios radiales y demás mecanismos posibles.
2. Designar una persona de enlace en la empresa, a fin que sea el contacto directo con la empresa contratista para dar soporte y solución oportuna a los problemas de ruptura de tuberías de agua potable, desborde de aguas servidas, y demás contingencias que se puedan presentar durante la ejecución de obras.
3. Realizar un monitoreo constante a los trabajos que viene ejecutando el Consorcio Piura e informar oportunamente sobre posibles defectos o irregularidades en la ejecución de la misma, tanto a la Municipalidad Provincial de Piura como a la empresa supervisora de la obra.
La Dirección Regional de Salud de Piura (DIRESA)
1. Realizar una inspección urgente a cada uno de los frentes que se vienen ejecutando las obras del lote 3A del Proyecto PE-P25, con la finalidad de garantizar que se cumpla con las condiciones de salubridad ambiental y emitir el informe correspondiente que deberá ser puesto en conocimiento de las autoridades competentes de la Región Piura y la Defensoría del Pueblo.
Defensoría del Pueblo recomienda urgentes actuaciones estatales frente a los Trabajos de Mejoramiento de los Sistemas de Agua y Alcantarillado.
• Se debe proteger los derechos ciudadanos
• Se debe vigilar el plan de manejo ambiental de la obra.
La Defensoría del Pueblo de Piura, ha remitido a distintas instituciones en Piura las conclusiones y recomendaciones del Informe 039-2011-DP/OD.PIURA, resultantes de su investigación no jurisdiccional a propósito de las quejas ciudadanas por dilación en la ejecución de los trabajos del Lote 3A denominado “Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para Piura-Castilla”; así como por el impacto que genera la obra en el ejercicio y disfrute de derechos fundamentales como el gozar de un medio ambiente equilibrado y adecuado, el derecho a la salud, el derecho a la libre circulación en la vía pública, derecho a la integridad de los peatones y el acceso a información pública.
Dentro de los problemas que afectan al medio ambiente y la salud de las personas se ha constatado la generación de material particulado, ruidos molestos, estancamiento de aguas servidas, inadecuada limpieza de la obra y de residuos sólidos, y que los ciudadanos aseveran no se realizan acciones para mitigarlos. Asimismo se ha constatado restricciones y obstáculos al libre tránsito en la vía pública, condiciones que ponen en riesgo la seguridad de los transeúntes, finalmente los ciudadanos no se reciben información de la empresa contratita sobre las implicancias y consecuencias de las obras que se viene ejecutando.
Es por ello que se ha recomendado que:
El Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento:
1. Cumplir con Evaluar y hacer el seguimiento del desarrollo y avance de la ejecución de obras del Lote 3A, con la finalidad de verificar que se cumpla con lo dispuesto en el Expediente Técnico y en el Estudio de Impacto Ambiental.
2. Destinar a la ciudad de Piura una delegación de funcionarios del Programa Agua para Todos, con la finalidad de observar los avances del proyecto del programa, así como supervisar el cumplimiento de obligaciones de la empresa supervisora NIPPON KOEI – OIST e informarse sobre los reclamos e inquietudes de la población en torno a los avances e impacto de las obras realizadas.
La Oficina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1. Supervisar y fiscalizar el cumplimiento del plan de manejo ambiental y plan de contingencia, contenidos en el Estudio de Impacto Ambiental aprobado mediante Resolución Directoral 042-2009-VIVIENDA/VMCS-DNS, a fin de mitigar los impactos que generen en la ejecución de la obra.
La Municipalidad Provincial de Piura:
1. Supervisar y fiscalizar que los trabajos realizados por el Consorcio Piura, correspondiente al Lote 3A del Proyecto PE-P25, se realicen en los plazos previstos en las licencias de construcción de obras e informar sobre los retrasos e incumplimientos que se presenten en dicha ejecución al Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
2. Supervisar y fiscalizar que el Consorcio Piura cumpla con implementar las condiciones de seguridad para la ejecución de obras, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones y demás disposiciones, a fin de asegurar la integridad física de los trabajadores y peatones.
3. Supervisar que la empresa Consorcio Piura cumpla con implementar medidas para controlar la producción de polvo/arena, la emisión de ruidos y la contaminación por desborde o estancamiento de aguas servidas y por residuos sólidos producto de la ejecución de la obra.
4. Garantizar la adecuada señalización de vías e implementación de rutas alternas para el tránsito vehicular y peatonal, durante el periodo de ejecución de obras.
5. Comunicar, formalmente, al Programa Agua para Todos de los problemas que se vienen produciendo con motivo de la ejecución de obras.
La EPS GRAU
1. Solicitar a la Municipalidad Provincial de Piura el cronograma y el detalle sobre los lugares de realización de obras y cierre de vías públicas, entregado por el Consorcio Piura, a fin de difundirlo en la población a través de su página web, medios radiales y demás mecanismos posibles.
2. Designar una persona de enlace en la empresa, a fin que sea el contacto directo con la empresa contratista para dar soporte y solución oportuna a los problemas de ruptura de tuberías de agua potable, desborde de aguas servidas, y demás contingencias que se puedan presentar durante la ejecución de obras.
3. Realizar un monitoreo constante a los trabajos que viene ejecutando el Consorcio Piura e informar oportunamente sobre posibles defectos o irregularidades en la ejecución de la misma, tanto a la Municipalidad Provincial de Piura como a la empresa supervisora de la obra.
La Dirección Regional de Salud de Piura (DIRESA)
1. Realizar una inspección urgente a cada uno de los frentes que se vienen ejecutando las obras del lote 3A del Proyecto PE-P25, con la finalidad de garantizar que se cumpla con las condiciones de salubridad ambiental y emitir el informe correspondiente que deberá ser puesto en conocimiento de las autoridades competentes de la Región Piura y la Defensoría del Pueblo.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario