Gobierno Regional rectifica “a medias”
Aportes y comentarios al Proyecto de Reglamento de Elecciones del CCR se recibirán hasta este miércoles 26 de enero.
Debido al corto tiempo estipulado para que los representantes de organizaciones de sociedad civil y público en general alcanzara sus aportes y comentarios al “Proyecto de Reglamento de Elección de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR)”, el Gobierno Regional de Piura decidió hoy extender hasta el miércoles 26 de enero, la recepción de los mismos.
El citado reglamento tiene como objetivo, establecer y regular los mecanismos y procedimientos a través de los cuales se realiza el proceso de elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional – CCR.
La razón por la que la entidad regional rectificó “a medias” su decisión -ya que desde un inicio el plazo presentado fue ajustado- es que el viernes 28 de enero, el Consejo Regional ha incluido en su agenda de la sesión extraordinaria la aprobación del indicado Reglamento y el Cronograma de Actividades para el presente proceso.
Sin embargo, es necesario indicar, que este plazo sigue siendo corto y no facilita una adecuada consulta a las organizaciones de la sociedad civil sobre un espacio, como el CCR, vinculado a su participación. Además, este tipo de restricciones fueron criticados en la gestión anterior.
Como se recuerda, el último jueves 20 de enero, el Gobierno Regional de Piura publicó en su portal web el Proyecto de Reglamento de Elección del CCR con la finalidad de someterlo a consulta y los representantes de las organizaciones de sociedad civil, así como el público en general, pudieran alcanzar sus aportes y comentarios sobre este documento. Fecha que venció el lunes 24 de enero.
Cabe indicar, que todo esto se hace en el marco de la proximidad del inicio del proceso de elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) para el periodo 2011-2012.
Cualquier aporte o comentario al indicado Reglamento puede hacerse directamente a la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Regional a través de la siguiente dirección electrónica: bpinzon@regionpiura.gob.pe
Algo más del CCR…
La elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) para el periodo 2011-2012, es un proceso que se realiza cada dos años, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Los Consejos de Coordinación Regional se crearon el año 2003, y se definen como órganos consultivos que se constituyen en un espacio de encuentro y concertación entre el gobierno regional, las municipalidades y distritos respectivos.
Allí se pueden aclarar las dudas de la ciudadanía, hacer las preguntas que la misma crea conveniente, dar su opinión, sugerencias, etc. con relación a procesos participativos que se realicen en cada departamento; es por tanto un espacio donde se puede ejercer la ciudadanía.
Cada uno de ellos es integrado por el presidente regional, quien lo preside, pudiendo delegar la función en el vicepresidente regional; así como por los ocho alcaldes provinciales de la región; y representantes de las organizaciones de la sociedad civil (en este caso son cinco).
La proporción de los alcaldes provinciales y la sociedad civil es de 60 y 40 por ciento, respectivamente.
¿Cómo se eligen a los representantes de la sociedad civil ante el CCR?
La Asamblea de Delegados es la reunión del conjunto de representantes de las instituciones, organizaciones sociales y /o gremios de nivel regional o multi - provincial de la sociedad civil debidamente inscritas en un Registro aperturado hace un tiempo por el Gobierno Regional.
Una de las funciones de la Asamblea será elegir a los cinco nuevos representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional.
Algo más del CCR…
La elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) para el periodo 2011-2012, es un proceso que se realiza cada dos años, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Los Consejos de Coordinación Regional se crearon el año 2003, y se definen como órganos consultivos que se constituyen en un espacio de encuentro y concertación entre el gobierno regional, las municipalidades y distritos respectivos.
Allí se pueden aclarar las dudas de la ciudadanía, hacer las preguntas que la misma crea conveniente, dar su opinión, sugerencias, etc. con relación a procesos participativos que se realicen en cada departamento; es por tanto un espacio donde se puede ejercer la ciudadanía.
Cada uno de ellos es integrado por el presidente regional, quien lo preside, pudiendo delegar la función en el vicepresidente regional; así como por los ocho alcaldes provinciales de la región; y representantes de las organizaciones de la sociedad civil (en este caso son cinco).
La proporción de los alcaldes provinciales y la sociedad civil es de 60 y 40 por ciento, respectivamente.
¿Cómo se eligen a los representantes de la sociedad civil ante el CCR?
La Asamblea de Delegados es la reunión del conjunto de representantes de las instituciones, organizaciones sociales y /o gremios de nivel regional o multi - provincial de la sociedad civil debidamente inscritas en un Registro aperturado hace un tiempo por el Gobierno Regional.
Una de las funciones de la Asamblea será elegir a los cinco nuevos representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional.
Aportes y comentarios al Proyecto de Reglamento de Elecciones del CCR se recibirán hasta este miércoles 26 de enero.
Debido al corto tiempo estipulado para que los representantes de organizaciones de sociedad civil y público en general alcanzara sus aportes y comentarios al “Proyecto de Reglamento de Elección de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR)”, el Gobierno Regional de Piura decidió hoy extender hasta el miércoles 26 de enero, la recepción de los mismos.
El citado reglamento tiene como objetivo, establecer y regular los mecanismos y procedimientos a través de los cuales se realiza el proceso de elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional – CCR.
La razón por la que la entidad regional rectificó “a medias” su decisión -ya que desde un inicio el plazo presentado fue ajustado- es que el viernes 28 de enero, el Consejo Regional ha incluido en su agenda de la sesión extraordinaria la aprobación del indicado Reglamento y el Cronograma de Actividades para el presente proceso.
Sin embargo, es necesario indicar, que este plazo sigue siendo corto y no facilita una adecuada consulta a las organizaciones de la sociedad civil sobre un espacio, como el CCR, vinculado a su participación. Además, este tipo de restricciones fueron criticados en la gestión anterior.
Como se recuerda, el último jueves 20 de enero, el Gobierno Regional de Piura publicó en su portal web el Proyecto de Reglamento de Elección del CCR con la finalidad de someterlo a consulta y los representantes de las organizaciones de sociedad civil, así como el público en general, pudieran alcanzar sus aportes y comentarios sobre este documento. Fecha que venció el lunes 24 de enero.
Cabe indicar, que todo esto se hace en el marco de la proximidad del inicio del proceso de elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) para el periodo 2011-2012.
Cualquier aporte o comentario al indicado Reglamento puede hacerse directamente a la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Regional a través de la siguiente dirección electrónica: bpinzon@regionpiura.gob.pe
Algo más del CCR…
La elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) para el periodo 2011-2012, es un proceso que se realiza cada dos años, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Los Consejos de Coordinación Regional se crearon el año 2003, y se definen como órganos consultivos que se constituyen en un espacio de encuentro y concertación entre el gobierno regional, las municipalidades y distritos respectivos.
Allí se pueden aclarar las dudas de la ciudadanía, hacer las preguntas que la misma crea conveniente, dar su opinión, sugerencias, etc. con relación a procesos participativos que se realicen en cada departamento; es por tanto un espacio donde se puede ejercer la ciudadanía.
Cada uno de ellos es integrado por el presidente regional, quien lo preside, pudiendo delegar la función en el vicepresidente regional; así como por los ocho alcaldes provinciales de la región; y representantes de las organizaciones de la sociedad civil (en este caso son cinco).
La proporción de los alcaldes provinciales y la sociedad civil es de 60 y 40 por ciento, respectivamente.
¿Cómo se eligen a los representantes de la sociedad civil ante el CCR?
La Asamblea de Delegados es la reunión del conjunto de representantes de las instituciones, organizaciones sociales y /o gremios de nivel regional o multi - provincial de la sociedad civil debidamente inscritas en un Registro aperturado hace un tiempo por el Gobierno Regional.
Una de las funciones de la Asamblea será elegir a los cinco nuevos representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional.
Algo más del CCR…
La elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) para el periodo 2011-2012, es un proceso que se realiza cada dos años, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Los Consejos de Coordinación Regional se crearon el año 2003, y se definen como órganos consultivos que se constituyen en un espacio de encuentro y concertación entre el gobierno regional, las municipalidades y distritos respectivos.
Allí se pueden aclarar las dudas de la ciudadanía, hacer las preguntas que la misma crea conveniente, dar su opinión, sugerencias, etc. con relación a procesos participativos que se realicen en cada departamento; es por tanto un espacio donde se puede ejercer la ciudadanía.
Cada uno de ellos es integrado por el presidente regional, quien lo preside, pudiendo delegar la función en el vicepresidente regional; así como por los ocho alcaldes provinciales de la región; y representantes de las organizaciones de la sociedad civil (en este caso son cinco).
La proporción de los alcaldes provinciales y la sociedad civil es de 60 y 40 por ciento, respectivamente.
¿Cómo se eligen a los representantes de la sociedad civil ante el CCR?
La Asamblea de Delegados es la reunión del conjunto de representantes de las instituciones, organizaciones sociales y /o gremios de nivel regional o multi - provincial de la sociedad civil debidamente inscritas en un Registro aperturado hace un tiempo por el Gobierno Regional.
Una de las funciones de la Asamblea será elegir a los cinco nuevos representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional.
El citado reglamento tiene como objetivo, establecer y regular los mecanismos y procedimientos a través de los cuales se realiza el proceso de elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional
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