DEFENSORIA DEL PUEBLO LOGRA INCLUSION EN PADRON ELECTORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL Y MENTAL
Durante las últimas elecciones desarrolladas en el mes de octubre en nuestro país, la Oficina Defensorial de Piura, recibió la queja de los familiares de ciudadanos con discapacidad mental e intelectual porque no figurabas sus nombres en el padrón electoral, no pudiendo votar y ejercer su derecho al sufragio.
Esta situación fue abordada por la Defensoría del Pueblo en defensa de los derechos políticos de las personas con discapacidad, lográndose que el RENIEC disponga mediante Memorando Múltiple Nº 567-2010-GOR/RENIEC que sus agencias, oficinas registrales y puntos de atención realicen la rectificación de los DNI de las personas con discapacidad intelectual y mental que se encuentren excluidas del padrón electoral y quieran figurar en él.
Sobre el particular, el Dr. Orrego declaró que “dado que dicha rectificación se realiza a solicitud de parte, las personas afectadas deberán acercarse a la oficina de RENIEC más cercana a su domicilio a fin de generar un trámite de rectificación”. Asimismo, “con el objeto de garantizar su participación en próximos procesos electorales, dicho trámite deberán efectuarlo antes del plazo de cierre del padrón electoral el 11 de diciembre del 2010.
En ese sentido, la Defensoría del Pueblo ha emitido oficios a las Oficina Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPEDs) y Organizaciones Sociales de Personas con Discapacidad informando de tal medida, con el objeto de que las personas con discapacidad que deseen figurar en el padrón electoral en las próximas elecciones, lo soliciten de inmediato al RENIEC
Durante las últimas elecciones desarrolladas en el mes de octubre en nuestro país, la Oficina Defensorial de Piura, recibió la queja de los familiares de ciudadanos con discapacidad mental e intelectual porque no figurabas sus nombres en el padrón electoral, no pudiendo votar y ejercer su derecho al sufragio.
Esta situación fue abordada por la Defensoría del Pueblo en defensa de los derechos políticos de las personas con discapacidad, lográndose que el RENIEC disponga mediante Memorando Múltiple Nº 567-2010-GOR/RENIEC que sus agencias, oficinas registrales y puntos de atención realicen la rectificación de los DNI de las personas con discapacidad intelectual y mental que se encuentren excluidas del padrón electoral y quieran figurar en él.
Sobre el particular, el Dr. Orrego declaró que “dado que dicha rectificación se realiza a solicitud de parte, las personas afectadas deberán acercarse a la oficina de RENIEC más cercana a su domicilio a fin de generar un trámite de rectificación”. Asimismo, “con el objeto de garantizar su participación en próximos procesos electorales, dicho trámite deberán efectuarlo antes del plazo de cierre del padrón electoral el 11 de diciembre del 2010.
En ese sentido, la Defensoría del Pueblo ha emitido oficios a las Oficina Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPEDs) y Organizaciones Sociales de Personas con Discapacidad informando de tal medida, con el objeto de que las personas con discapacidad que deseen figurar en el padrón electoral en las próximas elecciones, lo soliciten de inmediato al RENIEC
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