sábado, diciembre 11, 2010

INDECOPI ADVIERTE QUE COLEGIOS PRIVADOS NO PUEDEN CONDICIONAR EXÁMENES Y MATRÍCULAS A PAGOS EXTRA
Se acerca el fin del año escolar y con ello, el deber que tienen los colegios privados, de informar a los padres de familia, las condiciones económicas que tendrá el servicio escolar el próximo año.
Según el Código de Protección y Defensa del Consumidor, los centros educativos, antes de finalizar cada período educativo, están obligados a brindar información, en forma veraz, suficiente y por escrito, sobre el monto, número y oportunidad de pago de las cuotas o pensiones del siguiente período educativo.
Esta información debe incluir la posibilidad de que se incremente el monto de las pensiones, en el caso de que esto vaya a suceder. De lo contrario, los incrementos no podrán efectuarse. Lo dispuesto por el Código tiene por objetivo que los padres de familia no se vean sorprendidos con aumentos en la pensión y matrícula, sin ser avisados con anticipación. De esta forma, podrán optar por los servicios de uno u otro centro educativo, para matricular a sus hijos.
Asimismo, son infracciones al Código, supeditar las evaluaciones al pago de pensiones. Es decir, que está prohibido que los docentes o la administración impida el ingreso de los alumnos a clases, los retire de las aulas en temporada de exámenes, o cualquier fórmula intimidatoria, porque sus padres no se encuentren al día en las pensiones. Se recuerda que la única medida que puede tomar el plantel es retener la libreta de notas o el certificado de estudios hasta que se regularicen los pagos.
Otra infracción es condicionar la matrícula de un alumno, al cobro de cuotas extraordinarias como bingos, rifas u otras actividades no autorizadas por el Ministerio de Educación. De igual forma, los colegios no deben direccionar la compra de uniformes y de útiles escolares a determinado establecimiento o proveedor.
Cabe resaltar que el valor de la matrícula no puede exceder el valor de la pensión mensual.
Tampoco es obligatorio presentar todos los útiles escolares al inicio del año escolar ni obligar a los padres a comprar uniformes o productos en el plantel o en un establecimiento específico.
Los planteles que no respeten estas normas podrían ser sancionados con multas de hasta 450 UIT, equivalentes a 1 millón 620 mil nuevos soles.

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