DECALRAN NULAS ELECCIONES EN COMUNIDAD DE SECHURA
El Juzgado Mixto de Sechura, ha notificado la Resolución Nº 16, sentencia en el proceso de amparo Nº 01-10-PA, que declara fundada la demanda de Dante Paiva García contra el Juez de Paz de primera Nominación de Sechura, Wilfredo Querevalú Dedios, por irregularidades e la convocatoria judicial a elecciones, y que de forma arbitraria se han realizado el día 04 de abril del 2010.
Con esta resolución, todo el proceso de solicitud a convocatoria (Exp. 06-2009, Juzgado de Paz de Primera Nominación), la elección del Comité electoral presidido por Erick Querevalú Navarro y la supuesta elección como presidente de la Directiva Comunal del Señor Francisco Ayala (por la lista roja) ha sido declarada nula.
Los motivos que han llevado a esta decisión, son la demostrada parcialización del Juez de Paz de primera Nominación quien ha participado como candidato a director de debates en la convocatoria que hiciera el Presidente de la Comunidad Dante Paiva el 16 de noviembre del 2009, y que al haber perdido dichas elecciones la facción que lo propuso ha solicitado nueva asamblea.
El Juez Mixto también ha valorado la conducta del Juez demandado quien con la finalidad de llevar a toda costa este proceso ha violentado normas de manera flagrante y grosera. Por ejemplo; habilitó como hábil un día feriado; y trata de ampararse en su "leal saber y entender" cuando es de conocimiento público y notorio que es de profesión educador y estudiante de derecho de los últimos ciclos, por lo que no puede argüir el desconocimiento de la norma.
La forma de cómo se ha tramitado el proceso en el Juzgado de paz de primera nominación ha generado en el Juez la convicción de intereses que lindan con lo ilícito, pues es muy sospechoso tanto apresuramiento en llevar a toda costa (pasando por encima de resoluciones judiciales, como lo es la medida cautelar de suspensión de actos de la que tiene conocimiento el juez demandado y que se le notificó en enero del 2010 y ratificado el 25 de marzo de este mismo año). Es por este motivo que apercibe con destitución al Juez de Paz demandado SI en caso persistiera en la violación intencional y reiterada de los derechos procesales de don Dante Paiva García.
Toda esta situación no hace más que precarizar las acciones realizadas por el Juez y el comité electoral y de todos quienes participaron en estos actos ilícitos, muchos de los cuales ya se encuentran siendo procesados en los diversos fueros.
Con esto, la Directiva Comunal debidamente elegida el 27 de diciembre del 2010, reitera su compromiso para regularizar su situación, no obstante destinar nuestros esfuerzos para seguir trabajando por el desarrollo de nuestra gloriosa comunidad.
Con esta resolución, todo el proceso de solicitud a convocatoria (Exp. 06-2009, Juzgado de Paz de Primera Nominación), la elección del Comité electoral presidido por Erick Querevalú Navarro y la supuesta elección como presidente de la Directiva Comunal del Señor Francisco Ayala (por la lista roja) ha sido declarada nula.
Los motivos que han llevado a esta decisión, son la demostrada parcialización del Juez de Paz de primera Nominación quien ha participado como candidato a director de debates en la convocatoria que hiciera el Presidente de la Comunidad Dante Paiva el 16 de noviembre del 2009, y que al haber perdido dichas elecciones la facción que lo propuso ha solicitado nueva asamblea.
El Juez Mixto también ha valorado la conducta del Juez demandado quien con la finalidad de llevar a toda costa este proceso ha violentado normas de manera flagrante y grosera. Por ejemplo; habilitó como hábil un día feriado; y trata de ampararse en su "leal saber y entender" cuando es de conocimiento público y notorio que es de profesión educador y estudiante de derecho de los últimos ciclos, por lo que no puede argüir el desconocimiento de la norma.
La forma de cómo se ha tramitado el proceso en el Juzgado de paz de primera nominación ha generado en el Juez la convicción de intereses que lindan con lo ilícito, pues es muy sospechoso tanto apresuramiento en llevar a toda costa (pasando por encima de resoluciones judiciales, como lo es la medida cautelar de suspensión de actos de la que tiene conocimiento el juez demandado y que se le notificó en enero del 2010 y ratificado el 25 de marzo de este mismo año). Es por este motivo que apercibe con destitución al Juez de Paz demandado SI en caso persistiera en la violación intencional y reiterada de los derechos procesales de don Dante Paiva García.
Toda esta situación no hace más que precarizar las acciones realizadas por el Juez y el comité electoral y de todos quienes participaron en estos actos ilícitos, muchos de los cuales ya se encuentran siendo procesados en los diversos fueros.
Con esto, la Directiva Comunal debidamente elegida el 27 de diciembre del 2010, reitera su compromiso para regularizar su situación, no obstante destinar nuestros esfuerzos para seguir trabajando por el desarrollo de nuestra gloriosa comunidad.
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