Aprueban proyecto de ley presentado por Marisol Espinoza
Atención prioritaria de salud para niños discapacitados
Las personas con discapacidad física de 0 a 14 años tendrán atención prioritaria en los establecimientos de salud y en la obtención de aparatos y medicinas para su rehabilitación.
Así quedó establecido luego de que la Comisión Permanente del Congreso de la República, aprobara por unanimidad el proyecto de Ley 2551, presentado por la congresista Marisol Espinoza Cruz, que modifica los artículos 16 y 18 de la Ley 27050 "Ley General de Personas con Discapacidad".
En el artículo 16, queda establecido que la atención de salud para las personas con discapacidad entre 0 a 14 años serán otorgadas con prioridad, mientras que en el artículo 18 se establece que las prótesis, aparatos ortopédicos, medicinas, drogas y toda ayuda para la rehabilitación, les serán proporcionadas de manera prioritaria por los establecimientos del MINSA, Fuerzas Armadas y Policiales, así como de EsSalud.
Será el ejecutivo, la instancia que promulgue la ley, y que los niños y niñas del país que tengan problemas de discapacidad física, puedan tener mejores condiciones de vida con una atención prioritaria, precisó la legisladora piurana.
Más vulnerables
La parlamentaria nacionalista durante su intervención en el pleno considero oportuno "que las modificaciones incluyan con especial atención en las personas con discapacidad comprendidas entre los 0 a 14 años de edad por constituirse en la población mas vulnerable del país.
La atención a las personas discapacitadas, más sensibles, está establecida en el artículo 7 de nuestra Constitución Política".
Según estudios del Instituto Nacional de Rehabilitación, establecen que hasta los 5 años de edad, el 2,88 % de la población tiene una discapacidad, elevándose a 9,93% en el rango de edad de 6 a 14 años.
La autora del proyecto aprobado, sustentó que en atención a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que el Perú ha suscrito recientemente, que compromete al Estado tomar todas las medidas pertinentes, incluidas medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad; así mismo, establece que los Estados proporcionarán a las personas con discapacidad programas y atención de la salud gratuitos o a precios asequibles de la misma variedad y calidad que a las demás personas".
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